¿Su edificio está en regla? ¿Cumple con la Ley 257/99?
*¿Qué es la Ley 257/99 de Conservación de fachadas, mantenimiento de balcones y frentes?
-La Ley 257 obliga a los propietarios de inmuebles a mantener en buen estado la fachada del edificio, realizar un Informe Técnico , en el cual se detalla el estado del edificio, y presentar un Certificado al ente regulador, realizado y otorgado por un profesional debidamente habilitado para tal fin.
¿Qué se controla en la Ley 257/99?
- Fachada del Frente y Contrafrente - Patios Internos - Balcones - Salientes - Medianeras - Terrazas¿Qué pasa si no tengo el informe técnico de la Ley 257/99?
Las Consecuencias de no tener dicho informe son:
- Desconocimiento del estado de peligrosidad del edificio.
- Peligro de Derrumbe y/o Demolición.
- Se ve afectada la Seguridad con Riesgos de daños y/o accidente tanto de los habitantes del edificio como
para terceros.
¿Qué pasa si no tengo el ¨Certificado de Conservación¨ de la Ley 257/99?
Las Consecuencias de no tener cumplimentada la Ley 257 son: - Intimación y sucesivas Multas económicas para el Consorcio de Propietarios hasta tener cumplimentada dicha Ley. - Imposibilidad para el Administrador de presentar su Declaración Jurada ante el RPA con factibilidad de no poder renovar su mandato y perder la matricula para ejercer profesionalmente. - Posibilidad de quedar sin cobertura del Seguro de responsabilidad Civil ante un siniestro.¿Cómo hacer para estar en regla? ¿Cuáles son los costos?
Nuestra empresa pone a su disposición la experiencia y capacidad profesional de sus ingenieros, los cuales se encuentran debidamente matriculados ante el Concejo Profesional de Ingenieros Civiles (CPIC) para realizar las inspecciones pertinentes para la realización del Informe Técnico y posterior gestión del Certificado de Conservación de la Ley 257/99.